La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal hizo lugar al hábeas corpus presentado por la Comisión Provincial por la Memoria.
La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal resolvió prohibir el ingreso de nuevos presos a la sede bahiense de la DDI y además ordenó trasladar a los que estaban privados de la libertad allí.
Los jueces Gustavo Ángel Barbieri y Pablo Hernán Soumoulou hicieron lugar al pedido de hábeas corpus que había realizado la Comisión Provincial por la Memoria luego que en primera instancia el Tribunal en lo Criminal N°2 lo rechazara.
“Disponer, provisoriamente y en forma cautelar, la prohibición de nuevos ingresos de personas privadas de libertad en esa Seccional, debiendo efectuarse el traslado a la mayor brevedad posible de quienes allí se encuentran alojados”, indica la sentencia.
Juan Introzzi, trabajador social a cargo del programa de inspecciones de la CPM, contó que en el mes de septiembre realizaron una recorrida por el edificio de Pueyrredón 30 donde funciona la DDI y se entrevistaron con los presos.
“Se constató agravamiento y violaciones a los derechos humanos de los presos. Eso ameritó la presentación de un habeas corpus colectivo que rechazó el Tribunal Criminal N°2, decisión que apelamos. Ahora la Sala I de la Cámara resolvió que esa sentencia se revise y que momentáneamente se prohíban nuevos ingresos y que se efectúen los traslados urgentes de las personas que estaban alojadas”, resumió en diálogo con Radio Altos.
Respecto de las malas condiciones de detención enumeró: pésimas condiciones materiales, que había personas durmiendo en el piso con colchones sin cama, que una de las celdas no tiene baño y que los presos tienen que orinar o defecar en un recipiente plástico delante de sus compañeros, falta de ventilación, que los presos cuentan con pocos minutos de comunicación con sus familiares por día y que la alimentación no les alcanza.
“Son agravamientos que fueron detectados y denunciados y que no distan de lo que vemos en estos establecimientos de la Provincia”, recalcó y sumó que se constató que había una persona detenida desde hacía dos meses cuando debía estar allí no más de 48 horas.
En cuanto al fallo del tribunal de alzada señaló que ha considerado que la decisión del Tribunal en lo Criminal N°2 de rechazar el habeas corpus fue “muy prematura”.
“Parte del personal del tribunal (la presidenta y algún secretario), se hizo presente en la DDI, pero claramente hubo una serie de elementos de prueba solicitados por la CPM en relación a pericias requeridas sobre la que no se expidió y decidió posteriormente rechazar el habeas corpus”, explicó.
Introzzi afirmó que hoy no debería haber personas detenidas en la DDI Bahía Blanca y reiteró que los problemas en cuanto a las condiciones de detención no son exclusivos ni de la sede policial de Pueyrredón 30 ni de Bahía Blanca, sino que las irregularidades se presentan en muchas de las comisarías y de los espacios de encierro de la provincia de Buenos Aires.
A continuación el fallo completo de los jueces Gustavo Ángel Barbieri y Pablo Hernán Soumoulou: