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Nacionales - 30/11/22
Nacionales - 30 de noviembre 2022, 06:45

La Justicia ordenó la inhibición de bienes a Buquebus por más de $123 millones

Es por la falta de reintegro de fondos hacia AFIP.

La Justicia ordenó la inhibición general de bienes de la empresa Los Cipreses S.A. (Buquebus) por más de $123 millones de pesos, ante la falta de reintegro de fondos hacia la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en concepto de importes que la empresa había recibido para cumplir con el pago del Salario Complementario en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) durante la emergencia sanitaria de COVID-19.

Se trata de un programa de beneficios que lanzó el Gobierno al comienzo de la pandemia para asistir al pago de salarios de trabajadores en relación de dependencia del sector privado. Estos importes pueden ser devueltos voluntariamente al Estado hasta el 31 de diciembre 2022 o bien, en el momento en que AFIP notifica la caducidad del beneficio mediante el domicilio fiscal electrónico de cada contribuyente.

Según informó AFIP, la Resolución 2022-127-E de la Dirección General de Recursos de la Seguridad Social declaró la caducidad de los beneficios de “Salarios Complementarios”, al constatar que la firma Buquebus operó en el mercado de valores mediante la adquisición de títulos valores en pesos para su posterior venta en moneda extranjera, inmediatamente después de recibir más de $63 millones de pesos de subsidio, entre mayo y diciembre de 2020.

Cabe destacar que una de las condiciones del Programa ATP era la prohibición de adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o su transferencia en custodia al exterior.

Ante la falta de respuesta a la demanda realizada por el organismo que conduce Carlos Castagneto en junio de 2022, la justicia determinó que al monto reclamado originalmente se le sume el pago de $60 millones de pesos adicionales en concepto de intereses y costas, lo que hace un total de $123 millones de pesos.

Por pedido de AFIP, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°9 ordenó la ejecución del monto exigido y notificó al Registro Nacional de Buques, al Registro Nacional la Propiedad del Automotor, al Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, a los fines de trabar inmediatamente la inhibición general de bienes de la compañía.

Fuente: diario Ámbito

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