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Locales - 30/01/24
Locales - 30 de enero 2024, 12:29

El Municipio detalló cómo los afectados por el temporal pueden acceder a la eximición de tasas

Deben ingresar a eximicionemergencia.bahia.gob.ar y completar el formulario para solicitar el beneficio.

El Municipio dio a conocer la forma en que las y los bahienses afectados por el temporal pueden acceder a la exención impositiva para viviendas familiares y para comerciantes.

Fue el secretario de Economía, Carlos De Vadillo, quien junto al jefe del departamento de coordinación local de ARBA, Gonzalo Carballo, presentó la instrumentación del beneficio.

Por un lado, se exime a viviendas familiares con valuación fiscal menor a 4 millones de pesos del pago de Alumbrado Limpieza y Conservación de la Vía y la Tasa de Salud y del Impuesto Inmobiliario cuyos vencimientos operan en enero, febrero y marzo.

Las viviendas que registran valuación fiscal superior a 4 millones de pesos podrán acceder únicamente a la eximición del Impuesto Inmobiliario.

En ambos casos el trámite debe realizarse completando el formulario que se encuentra en la web eximicionemergencia.bahia.gob.ar. Como requisito debe acreditarse el uso de la vivienda familiar de manera permanente, la valuación fiscal conforme Catastro Municipal y fotos y/o documentos que certifiquen los daños sufridos.

“Esta medida en particular cubre casi el 80% de las partidas inmobiliarias y representa un esfuerzo para el Municipio de casi 800 millones de pesos mensuales”, indicó De Vadillo.

Carlos De Vadillo en Frente a Cano

Si bien se aclaró que no es necesario que la persona que realice el trámite sea titular o resida en la vivienda, sí es condición certificar los requerimientos mencionados anteriormente y que se adjunte copia del DNI, copia de un servicio público a su nombre, fotos y/o documentos de los daños o facturas de compras de materiales y/o arreglos.

La información registrada en la web se remitirá a ARBA para que aplique el beneficio de eximición del pago del Impuesto Inmobiliario.

En tanto, comercios que quieran acceder al beneficio de eximición y/o prórroga de vencimientos de la Tasa de Seguridad o Higiene deberán ingresar a través del portal de Gestión Tributaria con su clave de acceso generada. 

Para la eximición durante los períodos cuyos vencimientos operan en enero, febrero y marzo de 2024 se deberá presentar certificado de habilitación o permiso de funcionamiento, importe de ingresos en la DDJJ 2023/12 inferiores a $5.000.000, no deben registrar deuda a noviembre de 2023, deben estar presentadas la totalidad de las DDJJ vencidas al momento de la presentación y se debe acreditar mediante fotos y/o documentos, los daños y/o pérdida de mercadería con refrigeración.

Y para acceder a la prórroga de los vencimientos por 180 días para los períodos que operen en los meses de enero a junio de 2024, los comerciantes deberán presentar importe de ingresos en la DDJJ 2023/12 que superen los 5 millones de pesos y sean inferiores a 20 millones de pesos, además, no deberán registrar deuda a noviembre de 2023, deberán tener presentadas la totalidad de las DDJJ al momento de la presentación y también acreditar mediante fotos y/o documentos los daños y/o pérdidas de mercadería que necesiten refrigeración.

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