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Nacionales - 18/02/24
Nacionales - 18 de febrero 2024, 11:59

El gobierno insiste con el capítulo laboral del famoso DNU 70/23

Presentó ante la Corte un recurso para intentar revertir el fallo que declaró inconstitucional ese artículo.

El Gobierno nacional se presentó ante la Corte Suprema de Justicia para intentar revertir el fallo que declaró inconstitucional y suspendió la aplicación del capítulo laboral del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/23, informaron fuentes judiciales.

La presentación hecha por la Procuración del Tesoro de la Nación (PTN), el equipo de abogados que representa al Estado nacional a cargo de Rodolfo Barra, incluye críticas a la justicia laboral y la Confederación General del Trabajo (CGT), cuya representación cuestiona.

“No surge de la sentencia recurrida, ni de las constancias de la causa, argumento alguno sustentado en prueba, que indique de qué manera la vigencia del DNU restringe o menoscaba los derechos en materia de libertad sindical que ostenta la actora”, sostuvieron los abogados de la PTN en el escrito al que accedió Télam.

“Tampoco se explica de qué manera la vigencia del DNU afecta los derechos de los trabajadores que la actora dice representar”, agregaron.

El énfasis de las resoluciones judiciales que suspendieron la aplicación del capítulo laboral del DNU estaba puesto, sin embargo, en la injustificada invocación de las condiciones de “necesidad y urgencia” a las que recurrió el Poder Ejecutivo para evitar pasar la mentada reforma por el Congreso de la Nación.

“El texto del artículo 99, inciso 3, segundo párrafo, de la Constitución Nacional es elocuente, y las palabras escogidas en su redacción no dejan lugar a dudas de que la admisión del ejercicio de facultades legislativas por parte del Poder Ejecutivo se hace en condiciones de rigurosa excepcionalidad”, habían remarcado los jueces de la Cámara Federal del Trabajo cuando dejaron sin efecto el capítulo 4 del DNU.

En su escrito de casi 40 páginas, los abogados de la PTN también cuestionaron esos criterios de la Cámara de Apelaciones en lo Laboral.

Fuente: Télam

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