Coope Borlenghi
Nacionales - 17:36
Nacionales - 06 de octubre 2026, 17:36

El gobierno apelará el fallo del financiamiento universitario

El oficialismo apuesta a dilatar el cumplimiento de la ley.

“Apelación, seguro”, sostuvo un funcionario de primera línea del Gobierno cuando se le preguntó por los próximos pasos del oficialismo en torno al último fallo relacionado a la Ley de Financiamiento Universitario. 

En la gestión Javier Milei hay una sola idea: dilatar tiempos para no cumplir con la normativa.

Si bien en la administración libertaria se está discutiendo cómo cumplir con los fondos que marca el texto que tuvo insistencia parlamentaria en 2025, por el momento se apuesta a la apelación sistemática de las determinaciones judiciales. Con una narrativa: “No hay plata” para cumplir con una ley que “sabotea” el superávit fiscal.

Quedan interrogantes en torno a que rol jugará el ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo. Porque, directamente, es el dueño de la lapicera que puede liberar las partidas para zanjar el conflicto. 

Pero su entorno dice que es un fundamentalista del déficit cero y que quiere esperar el desarrollo judicial de la ley. Sobre el impacto fiscal, la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) calculó que el texto sancionado equivale al 0,23% del Producto Bruto Interno (PBI).

A propósito, el fallo firmado por el juez Martín Cormick dio lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA), dejando sin efecto el Decreto 759/2025.

De esta forma, ordenó al Poder Ejecutivo el “cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario con el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias a tal fin”.

Vale destacar que tanto el Consejo Interuniversitario Nacional como la UBA y otras universidades presentaron un amparo colectivo para que se cumpla con los puntos claves de la ley, entre ellos otorgar partidas a las casas de estudios para su funcionamiento y recomponer el salario de docentes y no docentes.

El juez consideró en el fallo que el decreto del Gobierno “no supera un test mínimo de razonabilidad, en tanto permite suspender e inaplicar, amparado en la aplicación de un artículo de una ley anterior, la aplicación de una ley en donde el Congreso insistió con las mayorías agravadas requeridas”.

Fuente: NA

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