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Locales - 06 de marzo 2026, 08:43

Juzgan a un menor por el crimen de Rosario Sansone

El juicio será la próxima semana en el Tribunal de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2.

La próxima semana entre lunes y miércoles se desarrollará el juicio para analizar la conducta del menor de edad vinculado con el crimen de Rosario Sansone.

El debate oral será en el Tribunal de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2.

Según la causa investigada por la UFIJ Nº 2 de Menores, a cargo del fiscal Carlos Human, el 3 de noviembre de 2024 en horas de la madrugada, Sansone murió tras un incendio que terceros provocaron en la habitación de su casa ubicada en República Siria al 1400.

La víctima falleció producto de un paro cardiorrespiratorio por falta de oxígeno en el aire e inflamación de glotis por el calor, de acuerdo al informe médico autopsial.

Durante el proceso de investigación se realizaron numerosas medidas probatorias, entre ellas, allanamientos, secuestros, informe médico autopsial, pedido de informes a instituciones bancarias y billeteras virtuales, análisis de las cámaras de las inmediaciones del domicilio donde ocurrió el hecho, declaraciones testimoniales, pericias sobre teléfonos celulares y notebook secuestrados, pericias por parte del personal de policía científica entre ellos de dactiloscopia y de ADN, informes médicos psiquiátricos practicados al acusado, entre otros.

En base a ello, el fiscal solicitó una serie de medidas que, junto a las propuestas por las partes, fueron analizadas en una audiencia por la jueza de Garantías del Joven. Luego se solicitó la elevación de la causa a juicio, la que fue resuelta, entendiendo acreditado el hecho, manteniendo la calificación penal del hecho de homicidio agravado con alevosía y prorrogar la prisión preventiva del joven encausado.

Y se definió que el joven acusado continúe con el tratamiento indicado por los profesionales y que se convoque a una junta médica para llevar a cabo un análisis interdisciplinario y más profundo de su estado.

Las audiencias ante el Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil serán reservadas de acuerdo a los artículos 4 y 5 de la ley 13. 634:

  • ARTICULO 4.- Todo proceso que tramite ante estos Fueros tendrá carácter reservado, salvo para el niño, representantes legales o guardadores de hecho y las partes. 
  • ARTICULO 5.- Queda prohibida la difusión de la identidad de los niños sujetos a actuaciones administrativas o judiciales, cualquiera sea su carácter y con motivo de dichas actuaciones, en informaciones periodísticas y de toda índole. Se consideran como informaciones referidas a la identidad: el nombre, apodo, filiación, parentesco, residencia y cualquier otra forma que permita su individualización).
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