La Agencia Nacional de Discapacidad instó a la elaboración de “una nueva propuesta que actualice los criterios técnicos y metodológicos para la evaluación”.
A través de la Resolución 1172/2025, publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno derogó la Resolución 187/2025, mediante la cual se estableció un baremo para evaluar qué condiciones médicas corresponden a invalidez laboral en el marco de las pensiones no contributivas.
La medida había sido implementada a principios de año por medio de la Agencia Nacional de Discapacidad.
En este contexto, Diego Orlando Spagnuolo, director ejecutivo de la agencia, expresó en el documento: “Con posterioridad a su entrada en vigencia [de la medida], se han identificado diversas observaciones y oportunidades de mejora en los criterios de evaluación contenidos en dicho baremo, especialmente en lo referido a la incorporación de referencias a normativas internacionales”.
La Dirección Nacional de Apoyos y Asignaciones Económicas, por su parte, realizó un informe y recomendó la revisión del baremo y la elaboración de “una nueva propuesta que actualice los criterios técnicos y metodológicos para la evaluación de la invalidez laboral”.
Al momento de la publicación inicial, el Gobierno aseguró que la actualización estaría amparada por especialistas. “La normativa está nutrida de los baremos previamente confeccionados por expertos en medicina legal-laboral y en cada una de las especialidades y conocimiento de campo tanto en la valoración pericial del daño como en la evaluación de las condiciones de salud de los solicitantes de pensiones no contributivas, a lo largo de todo el país”, escribieron.
Cuáles eran los dictámenes
Fuente: diario La Nación