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Nacionales - 14 de octubre 2025, 12:54

Crimen de Nora Dalmasso: sobreseyeron al último imputado porque la causa prescribió

La resolución benefició a Roberto Barzola acusado del asesinato porque su ADN es compatible con las huellas genéticas halladas en el cuerpo de la víctima.

La Cámara Criminal, Correccional y de Acusación de 2a. Nominación de Río Cuarto decretó el sobreseimiento total por prescripción de Roberto Marcos Barzola, el último imputado en la causa que investiga el femicidio de Nora Dalmasso. La familia de la víctima apelará.

“Desde la medianoche de la fecha de la comisión del hecho imputado al prevenido hasta la actualidad han transcurrido casi 19 años. Es decir, un lapso superior al límite temporal que la ley sustantiva establece para la operatividad de la prescripción”, puntualizó el tribunal.

En este sentido, la sentencia remarca que el artículo 62, inciso 2, del Código Penal establece que el plazo máximo de prescripción para el delito atribuido al imputado Barzola es de 15 años.

Asimismo, los camaristas Pablo Bianchi y Carlos Hernán González Castellanos y la jueza María Victoria Cavagnaro puntualizaron que, en este caso, la prescripción no se ha visto interrumpida por la comisión de otro delito imputable a Barzola.

En diciembre pasado, en un giro inesperado en el caso, 18 años después del homicidio de Nora Dalmasso, asesinada en noviembre de 2006 en su casa de un barrio cerrado de Río Cuarto, un nuevo estudio de ADN permitió situar a Barzola en la escena del crimen.

Operario en el pulido de pisos de madera, trabajaba en la obra de remodelación de la propiedad donde ocurrió el crimen. Por eso fue imputado por abuso sexual seguido de muerte; se presentó ante la Justicia acompañado por un abogado defensor y se abstuvo de declarar.

“De acuerdo con las normas legales aplicables, ante la ausencia de supuestos de suspensión o interrupción del curso de la prescripción, es evidente -estado convictivo de certeza sobre los extremos invocados- que la acción penal en contra de Barzola está prescripta -cuanto menos- desde noviembre del año 2021 y que, en consecuencia, corresponde disponer el sobreseimiento total del imputado”, expresaron los magistrados.

El tribunal descartó que la imposibilidad del esposo y el hijo de la víctima para instar la acción penal como querellantes porque habían sido imputados del crimen pueda suspender los plazos de prescripción.

“El Ministerio Público Fiscal no enfrentó un obstáculo legal insuperable que justificara suspender el curso de la prescripción. En consecuencia, los lapsos en que se investigó a los mencionados [Marcelo y Facundo Macarrón] no pueden reputarse como períodos de suspensión de la acción penal”, explica el fallo.

Planteo de imprescriptibilidad

Entre otros argumentos, la querella también había planteado que los casos de violencia de género como el crimen de Nora Dalmasso constituyen delitos de lesa humanidad y muy graves violaciones de los derechos humanos y que, por tal motivo, son imprescriptibles.

Sin embargo, la Cámara consideró que “aunque el hecho revista gravedad y sea aberrante, no se encuentra incluido en los supuestos exceptuados de prescripción, ni tampoco puede ser equiparados a los casos en que la Corte aplicó la imprescriptibilidad”.

Sobre la base de estos fundamentos, el tribunal hizo lugar a la excepción de falta de acción deducida por la defensa del imputado Barzola y declaró extinguida, por prescripción, la acción penal en orden al delito de abuso sexual con acceso carnal seguido de muerte, según establece el artículo 124 del Código Penal.

Fuente: diario La Nación

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