La Asociación de Abogados Ambientalistas aguarda que la Justicia admita la demanda colectiva presentada junto a diversas organizaciones.
Desde la Asociación de Abogado/as Ambientalistas expresaron su rechazo al fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia que dejó sin efecto la medida cautelar que mantenía suspendida la aplicación de la Ley N.º 27.804 (Ley de Glaciares) en la provincia de Santa Cruz.
“El primer amparo había sido resuelto de manera favorable, en protección de los glaciares. Pero ahora tenemos este contrapunto, un paso hacia atrás, porque fue revocada la medida cautelar otorgada para suspender la aplicación de la modificación de la Ley de Glaciares en la provincia de Santa Cruz”, aseveró el abogado Enzo Culasso.
Señaló que la provincia patagónica es la que más glaciares tiene, pero no la que desarrolla minería a gran escala, por eso “no corre los mismos riesgos” que otras provincias que hasta son impulsoras de los cambios en la normativa para avanzar en los proyectos mineros.
Hizo hincapié en los instrumentos internacionales que plantean que nunca puede haber regresión ambiental, es decir, “volver hacia atrás en la protección que se había alcanzado”, en este caso, en las áreas de glaciares y periglaciares.
Además, enfatizó que la ciencia en su conjunto sostiene que se trata de ecosistemas tan sensibles que deben ser protegidos.
El letrado remarcó que no se está teniendo en cuenta el principio precautorio que establece que, ante el peligro de daño grave o irreversible al medio ambiente, la falta de certeza científica absoluta no debe ser motivo para postergar la adopción de medidas eficaces para evitar su degradación. Es decir, no avanzar con proyectos mineros si existen dudas sobre su impacto real en los glaciares y las áreas periglaciares.
La reforma aprobada por el Congreso, enfatizó, está siendo atacada en la Justicia desde distintos frentes. Recordó que la provincia de La Pampa inició una acción judicial que está a la espera de una resolución y que diversas organizaciones, entre ellas la asociación de abogados/as ambientalistas que integra Culasso, presentaron una demanda colectiva que todavía se encuentra a la espera de que el juez la admita. Esa iniciativa reunió más de 900.000 firmas de apoyo.
“Esta modificación es inconstitucional, más allá de haber pasado por los mecanismos legislativos; no se cumplió con la participación ciudadana y con el acceso a la información. Es una reforma regresiva, pasó rápido por el Senado, no cuenta con ningún dictamen de por qué es necesaria la reforma ni de cómo impactará en los acuerdos firmados por Argentinas como el de Escazú. Se viola el acuerdo y se rompe el sistema que establece la Constitución de protección de presupuestos mínimos”, lanzó.
El Acuerdo de Escazú es el primer tratado ambiental de América Latina y el Caribe que incluye disposiciones vinculantes para proteger a las personas defensoras del medio ambiente. Entró en vigor en 2021 y se centra en la democracia ambiental a través de tres pilares: acceso a la información, participación pública y acceso a la justicia.
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