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Nacionales - 12:05
Nacionales - 27 de marzo 2026, 12:05

Fallo a favor de Argentina: la justicia de EE.UU anuló la condena de u$s16.100 millones por YPF

Las contrapartes conservan la instancia de recurrir a la Corte Suprema de los Estados Unidos

En una resolución que marca un hito para las finanzas públicas argentinas, la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York decidió revocar la sentencia de primera instancia en el extenso juicio por la expropiación de la petrolera de bandera YPF. 

Gracias a esta determinación, la Argentina queda eximida, por el momento, de abonar una cifra superior a los u$s16.100 millones. Asimismo, el tribunal ratificó que la firma fue correctamente exculpada de cualquier responsabilidad durante el proceso de estatización llevado a cabo en 2012.

Este litigio, que se remonta al año 2015, había tenido su punto más crítico en 2023. En aquel entonces, la jueza Loretta Preska del Distrito Sur de Nueva York condenó al Estado nacional a pagar la millonaria indemnización más intereses, al considerar que se había violado el estatuto de la compañía al no realizar una oferta pública de adquisición (OPA) a los accionistas minoritarios, representados por los fondos Eton Park y Burford.

La resolución de la Cámara de Apelaciones llega luego de una intensa etapa de apelación que tuvo su jornada clave en octubre de 2025. Durante una audiencia que se extendió por 96 minutos ante los jueces Denny Chin, José Cabranes y Beth Robinson, los representantes legales del Estado argentino presentaron una estrategia sólida basada en tres pilares fundamentales. El objetivo principal era la anulación total de la sentencia o, en subsidio, un recorte drástico en los montos compensatorios.

El planteo central, sostenido de forma recurrente por diversas administraciones, incluyendo la de Mauricio Macri, Alberto Fernández y ahora la de Javier Milei, defendía que la jurisdicción adecuada para tratar este conflicto era la Justicia argentina y no los tribunales estadounidenses. La defensa argentina argumentó que un tribunal local debía determinar la jerarquía normativa entre la ley de expropiación, que permitió estatizar el 51% de la firma, y los estatutos internos que obligaban al lanzamiento de una OPA al superar el 15% del paquete accionario.

Acompañando este eje, se presentó un argumento técnico que señalaba errores en la interpretación de la normativa local —derecho societario y administrativo— por parte de la jueza Preska. Estas inconsistencias en la lectura del derecho argentino fueron determinantes para que los magistrados de alzada revisaran el fallo inicial.

En caso de que los magistrados no aceptaran la anulación total por cuestiones de jurisdicción o interpretación técnica, la defensa argentina había preparado un tercer camino centrado en el cálculo financiero de la indemnización. Según los planteos presentados ante la Cámara, el derecho procesal de los Estados Unidos dicta que la conversión monetaria debe realizarse tomando el tipo de cambio vigente al momento de la sentencia (2023) y no al de la fecha del supuesto incumplimiento (2012).

De haberse aplicado este criterio contable, la deuda reclamada por los demandantes se habría reducido desde los más de u$s16.100 millones originales a aproximadamente u$s4.920 millones. Sin embargo, la decisión final de la Cámara de revocar la sentencia de primera instancia tornó innecesario este recálculo, otorgando al país un alivio económico directo sobre la totalidad del monto en disputa.

Aunque las contrapartes conservan la instancia de recurrir a la Corte Suprema de los Estados Unidos, expertos legales sugieren que las probabilidades de que el máximo tribunal tome el caso para su revisión son sumamente bajas, lo que consolida esta victoria judicial como un paso definitivo para cerrar el conflicto legal más oneroso de la última década para el país.

Fuente: diario Ámbito

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