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Locales - 10/02/26
Locales - 10 de febrero 2026, 17:32

El ocaso del modelo adversarial y la obsolescencia estructural del statu quo tribunalicio

Nota escrita por Miguel Donadío

En términos filosóficos, el ocaso no es solo un final, sino un tiempo de transición crítica: el agotamiento de un paradigma y la apertura de otro posible. Bajo esta lógica debe leerse la crisis del modelo adversarial de resolución de conflictos, que ya no puede explicarse como un problema meramente operativo, sino como una profunda desalineación entre el diseño institucional de la justicia y las complejas realidades sociales, económicas y culturales del siglo XXI.

El modelo adversarial surgió como una respuesta superadora del sistema inquisitivo, en el que el juez concentraba funciones investigativas, acusatorias y decisorias. Sus pilares —contradicción, igualdad de armas e imparcialidad— constituyeron un avance decisivo, cristalizado en los códigos procesales del siglo XIX y durante décadas asociado a garantía y racionalidad jurídica. El problema no reside en su origen, sino en su persistencia acrítica.

En pleno siglo XXI, buena parte del sistema judicial continúa operando bajo una lógica industrialista propia de un mundo que ya no existe. El resultado es un mecanismo de resolución de conflictos claramente démodé, incapaz de dialogar con sociedades atravesadas por la complejidad, la interdependencia y la velocidad. Los códigos de procedimiento son obsoletos.

Uno de sus rasgos más preocupantes es la deshumanización del conflicto. Funcionarios que administran justicia durante años sin conocer a las partes —y a veces ni siquiera a sus abogados— reducen personas reales a abstracciones procesales contenidas en expedientes, en un contexto que exige empatía, escucha activa y comprensión integral.

Las sucesivas reformas del último siglo no han logrado revertir estos déficits. Evaluado desde parámetros básicos de eficiencia y eficacia —alcanzar objetivos y optimizar recursos, tiempo y costos—, el sistema adversarial exhibe falencias estructurales persistentes.

El modelo tradicional deposita la decisión en un magistrado con una mirada necesariamente unifocal y predominantemente jurídica, lo que produce respuestas parciales frente a conflictos multidimensionales. Desde la teoría de la negociación, este esquema responde a una lógica competitiva ganar/perder, ampliamente cuestionada por su escasa capacidad para generar soluciones de calidad y valor sostenible en el tiempo.

El mundo contemporáneo no demanda solo resoluciones formales, sino soluciones con valor agregado. Resolver clausura un expediente; solucionar implica abordar causas profundas, impactos colaterales y proyecciones futuras.

En este marco cobra relevancia el modelo colaborativo ganar/ganar, desarrollado desde fines de los años setenta en la Universidad de Harvard por Roger Fisher, William Ury y equipos multidisciplinarios. Este enfoque propone la construcción conjunta de soluciones que maximicen beneficios para todas las partes, apoyándose en una mirada holística que supera el reduccionismo jurídico.

Desde esta perspectiva, los tribunales tradicionales —estructuras jerárquicas y homogéneas— quedan en clara desventaja frente a equipos interdisciplinarios capaces de ofrecer una visión de 360 grados. La evidencia empírica confirma que los grupos heterogéneos resuelven mejor los problemas complejos, con soluciones más creativas, sostenibles y de mayor calidad.

El factor tiempo agrava aún más la crisis del modelo adversarial. Procesos prolongados generan pérdidas económicas, deterioran bienes y recursos en disputa y producen un profundo impacto psicológico por años de incertidumbre y emocionalidad negativa. No son excepcionales los casos de bienes que permanecen en un limbo jurídico, erosionando su valor y afectando al conjunto del sistema económico.

Pese a la aceptación generalizada del valor de las soluciones multidimensionales, la justicia institucional continúa operando en silos, incluso en una época dominada por la transversalidad y la inmediatez. Muchos operadores del derecho persisten, con celo casi dogmático, en la idea de que el exclusivo enfoque jurídico basta para corregir problemas estructurales históricos. Los resultados muestran lo contrario.

Resulta irrazonable esperar que conflictos laborales, civiles o comerciales, no así las cuestiones constitucionales, se resuelvan eficazmente bajo un modelo obsoleto, conducido por una lógica ganar/perder y una dirección monotemática. El modelo adversarial atraviesa una fase avanzada de obsolescencia y, sin el fuerte andamiaje institucional que lo sostiene, probablemente habría corrido la misma suerte que organizaciones como Kodak o Blockbuster, incapaces de adaptarse a su entorno.

La crisis del modelo exige un diagnóstico holístico, una mirada interdisciplinaria y, sobre todo, humildad epistemológica para reconocer que lo que alguna vez funcionó ya no lo hace. Persistir en las mismas prácticas esperando resultados distintos no es racionalidad jurídica: es negación del cambio.

El saber jurídico, desde luego, sigue siendo un componente central de toda arquitectura orientada a soluciones creativas. Así lo demostró, en el plano internacional, su rol decisivo en la resolución del conflicto limítrofe entre Perú y Ecuador, que puso fin a más de cinco décadas de controversia mediante un enfoque innovador y jurídicamente sofisticado.

Como se ha dicho con acierto, locura es seguir intentando lo mismo y esperar resultados diferentes.

Nota escrita por el abogado bahiense Miguel Donadío con pedido de publicación.

Nota: “Las opiniones expresadas en este espacio son responsabilidad exclusiva de su autor y no necesariamente reflejan la línea editorial de este medio”

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