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Nacionales - 06:29
Nacionales - 23 de mayo 2025, 06:29

Oficializaron las medidas para atraer los “dólares del colchón”

A través del Decreto 353/2025 publicado en el Boletín Oficial se establecieron los cambios que presentó Luis Caputo.

Después de que el Gobierno lanzara un virtual blanqueo destinado a promover el uso de los denominados dólares el colchón, se oficializaron este viernes esas medidas anunciadas en la jornada previa por el ministro de Economía, Luis Caputo, desde Casa Rosada.

Lo hizo a través del Decreto 353/2025 que se publicó en la última edición de la semana del Boletín Oficial con las firmas de Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, el ministro Caputo y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona.

Se trata de un paquete de medidas pensado para que monotributistas, autónomos, pymes y trabajadores en relación de dependencia introduzcan al mercado formal los dólares no declarados. La idea es que se puedan comprar bienes como autos y propiedades en moneda dura que esté fuera del sistema financiero.

En su primer artículo, la flamante normativa dispuso “la simplificación y desregulación de todos los trámites involucrados en la inversión y en la adquisición de bienes, en el marco de los estándares, las buenas prácticas, guías y pautas actualmente vigentes, de conformidad con los compromisos internacionales asumidos por la República Argentina”.

Según se aclaró, “a esos fines, se deberá dar cumplimiento a las normas que oportunamente dicte el Banco Central de la República Argentina”.

En paralelo, el Presidente dio “intervención a la Unidad de Información Financiera (UIF), en el marco de sus competencias definidas por la Ley N° 25.246 y sus modificaciones vinculadas con la prevención del lavado de activos, la financiación del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, para que, en el plazo de 30 días contados a partir de la entrada en vigencia del presente, verifique la necesidad de adecuar su normativa a raíz de las disposiciones contenidas en este decreto”.

Además, se encomendó a ARCA que, en el marco de la desregulación a la que hace referencia el artículo 1° del presente decreto, “implemente en diferentes etapas y de manera gradual, para los períodos fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2025, inclusive, una modalidad simplificada y opcional de declaración del Impuesto a las Ganancias de las personas humanas y sucesiones indivisas residentes, conforme lo establecido en el artículo 116 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones”.

Sobre este punto, remarcó que esa “modalidad deberá elaborarse tanto sobre la base de la información con la que cuente el organismo recaudador como por la que suministren oportunamente los contribuyentes, responsables y/o terceros, y únicamente estará disponible para los contribuyentes que obtengan rentas de fuente argentina en forma exclusiva”.

“Los sujetos que resulten comprendidos en dicha modalidad, según lo disponga la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), quedarán exceptuados de cumplir con la obligación prevista en los párrafos segundo y tercero del artículo 3° de la Reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias, aprobada por el artículo 1° del Decreto N° 862 del 6 de diciembre de 2019 y sus modificaciones”, se añadió.

El Decreto también solicitó a ARCA que, “en consonancia con lo dispuesto en el artículo 1°, simplifique su normativa en materia de regímenes de información, fiscalización y de otros a su cargo”, y creó “el Sistema de Finanzas Abiertas para que las personas humanas y jurídicas, a través de su consentimiento expreso, compartan la información que consideren pertinente con las entidades que forman parte del sistema financiero inscriptas en el Banco Central para el desarrollo del crédito, la competencia y la inclusión financiera”.

Una aclaración importante que hace el documento es que ninguna de estas disposiciones ni de las normas que se dicten en su consecuencia liberará a los sujetos mencionados en el artículo 20 de la Ley N° 25.246 y sus modificaciones de las obligaciones impuestas por la legislación vigente orientada a prevenir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.

Por último, el Gobierno estableció que “las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial”.

Según señaló el Ejecutivo en los considerandos “el sistema tributario vigente en la República Argentina se caracteriza por una alta concentración, tanto en lo que respecta a la cantidad de tributos con capacidad recaudatoria significativa como a la distribución de la carga tributaria entre los contribuyentes”.

Según datos oficiales referidos al año 2024, reveló el documento oficial, “tan solo 10 mil grandes contribuyentes identificados por su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) generaron el 80% de la recaudación correspondiente a aquel año, lo que denota una significativa concentración en la contribución tributaria por parte de un reducido número de personas humanas y jurídicas”.

En ese marco, mencionó que “durante 40 años ininterrumpidos el Estado Nacional financió el desequilibrio de las cuentas públicas mediante la imposición de una elevada carga tributaria sobre el sector formal de la economía, lo que derivó en un importante incremento de la informalidad económica”.

“Esta asfixia fiscal ha generado una distorsión estructural en la economía, obligando a numerosos contribuyentes a operar en la informalidad como mecanismo de subsistencia frente a la insostenible carga impositiva”, argumentó el Gobierno.

Ante ese panorama, se destacó que “la simplificación tributaria se presenta como una herramienta esencial para revertir esta dinámica, al reducir la presión fiscal formal, disminuir los costos administrativos y fomentar la regularización de las actividades económicas”.

“En ese contexto, resulta propicio desarrollar un programa que facilite la inversión en bienes, incluyendo aquellos registrables y de capital, como herramienta complementaria para fortalecer el proceso de formalización y dinamizar la actividad económica”, agregó el Decreto.

Fuente: diario Clarín

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