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Locales - 10:41
Locales - 05 de mayo 2025, 10:41

ARBA reglamentó las exenciones impositivas para damnificados por la inundación

Incluye la eximición del pago del Impuesto Inmobiliario durante todo 2025 para la totalidad de las partidas de Bahía Blanca.

La Agencia de Recaudación Bonaerense (ARBA) publicó en el Boletín Oficial la reglamentación de las exenciones impositivas para las y los damnificados de la inundación del pasado 7 de marzo.

Se trata de un paquete de beneficios fiscales que había anunciado poco después del temporal el gobierno de Axel Kicillof y que ahora entró en vigencia.

Contempla exenciones automáticas para más de 144.000 partidas inmobiliarias y 52.000 vehículos, y beneficios para contribuyentes de Ingresos Brutos Simplificado. 

“Estas acciones responden al compromiso del gobernador Kicillof de estar presentes y brindar respuestas concretas cuando los bonaerenses más lo necesitan”, manifestó Cristian Girard, director ejecutivo de ARBA

Y agregó: “Implementamos un esquema de exenciones automáticas y procesos simplificados para que las familias y comerciantes afectados puedan enfocarse en la recuperación sin preocuparse por sus obligaciones tributarias”.

Entre los beneficios se encuentran:

  • Exención automática del Impuesto Inmobiliario Edificado durante todo 2025 para la totalidad de las partidas de Bahía Blanca.
  • Condonación de la cuota 1 del Impuesto Automotor para todos los vehículos registrados en el partido.
  • Exención del componente provincial a los contribuyentes de Ingresos Brutos Simplificado correspondiente a marzo y abril de 2025.

Asimismo, las y los propietarios de vehículos que sufrieron daños específicos durante la inundación podrán gestionar la exención de las cuotas 2 a 5 del Impuesto Automotor mediante un trámite digital accesible. 

El procedimiento requiere ingresar al Sistema Integral de Reclamos y Consultas (SIRYC) en el siguiente link: www.arba.gov.ar/GuiaTramites/TramiteSeleccionado. Se debe completar una declaración jurada y adjuntar documentación respaldatoria como denuncias ante compañías de seguros o autoridades policiales.

En el caso que las o los contribuyentes hubieran efectuado el pago de conceptos alcanzados por las exenciones establecidas en el Decreto N°368/2025, se generará un crédito a favor que será compensado o imputado de oficio por ARBA, o bien tendrán la posibilidad de solicitar la devolución del importe mediante un trámite web https://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/TramiteSeleccionado.

“Diseñamos un sistema que minimiza la burocracia y agiliza el acceso a los beneficios. La digitalización de este trámite permite que los damnificados puedan gestionarlo desde cualquier dispositivo con conexión a internet, sin necesidad de trasladarse”, precisó Girard.

Para atención presencial hay que dirigirse a la oficina ubicada en Mitre 282, cuyo horario es de lunes a viernes de 8:30 a 14:30.

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