Coope Borlenghi
Nacionales - 06:06
Nacionales - 23 de diciembre 2024, 06:06

Aplicaron cambios en los requisitos para habilitar centros de salud mental y tratamientos de adicciones

Uno de ellos es la eliminación de la intervención de la Secretaría de Derechos Humanos en el trámite.

El Gobierno actualizó los requisitos necesarios para la apertura de centros de tratamiento de salud mental y adicciones. Lo hizo a través de la resolución 6155/2024 del Ministerio de Salud, publicada este lunes en el Boletín Oficial. Uno de los principales cambios tiene que ver con la eliminación de la intervención de la Secretaría de Derechos Humanos en el trámite.

De esta manera, rigen nuevas normas mínimas para la habilitación de los establecimientos y servicios de salud mental. Como también nuevos estándares para la supervisión periódica de los servicios de salud mental y consumos problemáticos.

Según dijeron desde el Ministerio de Salud en un comunicado, la resolución también fortalece la red asistencial mediante la creación de dispositivos comunitarios.

La norma modifica la resolución 4107/2023. Según el Gobierno, ahora se “promueve una respuesta adecuada por parte del Estado a la demanda de atención en materia de salud mental”. Por ese motivo, consideran “necesario avanzar en la habilitación de dispositivos y servicios acordes al modelo de abordaje basado en la comunidad, con el objetivo de alcanzar la inclusión socio-comunitaria de las personas y garantizar una atención de calidad, integral, interdisciplinaria, intersectorial y con enfoque de derechos”.

En el comunicado del Ministerio de Salud, sostienen que la resolución precedente, 4107/23, “provocaba demoras o imposibilidad de habilitaciones”, ya que establecía que para la habilitación y fiscalización de los establecimientos debía realizarse una consulta vinculante con la Secretaría de Derechos Humanos.

“Esta situación no se correspondía con lo establecido por la norma superior vigente, la Ley Nacional de Salud Mental (LNSM) 26.657. Por lo tanto la modificación obedece no sólo a ubicar la resolución acorde al artículo 34 de la LNSM, sino a efectivizar el procedimiento, de forma eficiente y expeditiva”, señalaron.

El cambio no deja de ser sensible teniendo en cuenta los antecedentes de granjas de rehabilitación en las que los pacientes recibían malos tratos o estaban alojados bajo condiciones inhumanas. Como por ejemplo el caso de “La Razón de Vivir” de Florencio Varela, que fue allanado por maltratos y pacientes en “condiciones deplorables”. Entre los detenidos que hubo en esa causa se encontraba el humorista Marcelo José “Teto” Medina.

De acuerdo a las autoridades del Ministerio de Salud, “la normativa se adopta en consonancia con los nuevos principios fundamentales del procedimiento administrativo contemplados en la Ley N° 27.742 de Bases y Punto de Partidas para la Libertad de los Argentinos, como lo son la simplificación administrativa y la buena administración, ya que adecua el procedimiento de habilitaciones de estos dispositivos a fin de garantizar un procedimiento administrativo ágil, dinámico y diligente”.

“De este modo, se fortalece la red de servicios mediante la creación de los dispositivos comunitarios necesarios para la transformación de la Red Asistencial y para optimizar la definición de los dispositivos incluyendo el abordaje de consumos problemáticos, así como de equipos interdisciplinarios para la continuidad de cuidados y la externación sustentable”, agregaron.

En el Gobierno aseguran que “se propicia la accesibilidad, seguridad y calidad en los establecimientos, lo que conlleva a una disminución de los riesgos en los tratamientos institucionales y a una mayor calidad de los mismos”.

Y que la norma “recepta, amplia y garantiza los derechos de los pacientes contemplados en las normativas vigentes tales como el derecho a recibir un trato digno, respetuoso y a la asistencia interdisciplinaria, en un marco de calidad y seguridad”.

Fuente: diario Clarín

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